Sociedad Panamericana de Oculoplástica.
La Sociedad Panamericana de Oculoplástica (SOPANOC), es una asociación fundada por oftalmólogos miembros de la Asociación Panamericana de Oftalmología (APAO) interesados en cirugía plástica y reconstructiva de párpados, vías lagrimales y órbita.
Propósito:
1- Proveer un foro para el intercambio de ideas y experiencias en el campo de la cirugía oculoplástica.
2- Cooperar en la creación y seguimiento de estudios multicéntricos e investigación en el campo de la cirugía oculoplástica.
3- Representar a la oftalmología Panamericana en el campo de la cirugía oculoplástica.
4- Cooperar con la Asociación Panamericana de Oftalmología en los programas educativos y científicos que así lo requieran.
Para cumplir con los propósitos señalados, la Sociedad Panamericana de Oculoplástica (SOPANOC) se auxiliará de los siguientes medios.
a) Un curso bianual en coordinación con el Congreso de la Asociación Panamericana de Oftalmología.
b) Cursos de Actualización y Enseñanza.
c) Reuniones científicas: Congresos, Simposios, Coloquios, etc.
d) Participación en las publicaciones y otro material didáctico y educativo de la Asociación Panamericana de Oftalmología.
Miembros:
1- Todo aquel médico oftalmólogo o investigador que tenga interés especial en cirugía oculoplástica.
2- Miembros: Fundadores, activos y honorarios. Todos votaran y pagaran cuotas.
Requisitos para miembros activos:
1- Ser médico oftalmólogo o investigador, reconocido y miembro de la corporación o sociedad oftalmológica del país donde resida, reconocida por la APAO , con un interés particular en cirugía oculoplástica.
2- Presentar la siguiente documentación:
a) Constancia de membresía de la Corporación o Sociedad Oftalmológica local.
b) Un trabajo referente a cirugía oculoplástica publicado o presentado en un foro oftalmológico público.
c) Dos cartas (2) de presentación de miembros de la Sociedad Panamericana de Oculoplástica (SOPANOC).
Derechos y Obligaciones de los Socios Activos:
1- Asistir personalmente y participar con voz y voto en las decisiones que se tomen en las sesiones de la SOPANOC.
2- Votar y ser votado para cargos en la dirección y administración de la SOPAOC.
3- Participar en las actividades científicas organizadas por la SOPAOC.
4- Cubrir las cuotas establecidas.
5- Desempeñar los cargos que la directiva de la SOPAOC le asigne.
6- Dar estricto cumplimiento a las resoluciones que adopte la asamblea general legalmente convocada o los órganos directivos de la misma.
Requisitos para ser Nombrado Socio Honorario:
1- Ser propuesto por lo menos por 2 miembros activos de la SOPANOC por mas de 5 años, o por 2 miembros de la mesa directiva mediante carta de solicitud enviada al presidente en turno, y que por sus méritos sean dignos de tal distinción. Su aprobación se llevará a cabo en sesión plenaria por mayoría de votos en escrutinio secreto.
2- Aceptar por escrito tal nombramiento.
Derechos y obligaciones de los socios honorarios:
1- Participar con opiniones y consejos en las sesiones de la SOPANOC, sin tener derecho a voto.
2- Participar de los eventos científicos de la SOPANOC.
Mesa Directiva:
1- Estará conformada por el presidente, vice-presidente, secretario y tesorero.
2- Las funciones de la mesa directiva tendrán una vigencia de 2 años.
3- Todos los cargos serán elegidos por votación en cada Congreso Panamericano (cada 2 años).
4- Las mesas directivas serán electas durante una sesión plenaria convocada por la mesa directiva durante la reunión bianual de la SOPANOC y la APAO. Estas sesiones serán convocadas por lo menos con 3 (tres) meses de anticipación y comunicada a todos los miembros de la asociación por correo o algún otro medio conveniente. Se realizarán las elecciones cualquiera que sea el número de socios presentes. Sus resoluciones se considerarán definitivas para todos los socios.
5- Las propuestas para ocupar cargos dentro de la mesa directiva deberán hacerse por escrito, dirigidas al Presidente en función, y deberán ser recibidas por lo menos 3 meses antes de la fecha en la que esté convocada la Asamblea donde será sometida a votación, y contar con la anuencia del candidato propuesto.
6- La votación se hará en forma individual y secreta durante la Asamblea. Cada miembro activo tendrá derecho a un voto siempre y cuando este al corriente de sus obligaciones económicas con la SOPANOC.
7- La votación se cerrará 1 hora después de la hora a la que se convocó la Asamblea. En ese momento el Presidente dará por terminada la votación y se procederá al recuento de los votos.
8- La votación se decidirá a favor de quien obtenga la mayoría simple de los votos en la Asamblea. En caso de empate el presidente en función tendrá voto de calidad.
9- Los miembros de la mesa directiva deberán ser miembros titulares de la APAO y ser miembros fundadores o con 2 años de antigüedad mínima.
10- Existirá un consejo directivo integrado por la mesa directiva y un (1) delegado por cada país. Estos Delegados serán nombrados por la mesa directiva.
Reuniones:
Serán realizadas cada dos (2) años durante el Congreso Panamericano de Oftalmología. Se llevará a cabo una reunión científica organizada a juicio de la mesa directiva. Para tal propósito se nombrará a un miembro, nativo del país sede de la reunión, como coordinador de dicha actividad científica y que colaborará con la mesa directiva en la planeación logística del evento. Dicho miembro será nombrado por los miembros de dicho país de acuerdo a sus propias reglas.
Cada dos (2) años, durante la reunión de la APAO, se llevará a cabo una reunión plenaria en la que se someterá a consideración de la asamblea:
a) La modificación de estatutos.
b) La aprobación de reglamentos.
c) La elección a los diferentes cargos de la mesa directiva para la siguiente gestión.
d) Asuntos relacionados a los eventos científicos.
e) La cuotas anuales de los socios.
Esta sesión será convocada por lo menos con tres (3) meses de anticipación y cada socio será notificado por escrito.
Las decisiones que se tomen serán votadas y se considerarán aprobadas si cuentan con la mitad de los votos más uno, de los asistentes a dicha sesión.
Recursos:
1- La SOPANOC tendrá como fuente de ingreso las cuotas anuales de sus miembros, los ingresos acumulados por inscripciones de los Asistentes a los eventos organizados por la SOPANOC, así como donaciones de individuos o corporaciones.
2- El monto de la cuota anual para los socios de la SOPANOC, será acordado durante la sesión plenaria a llevarse a cabo junto con cada reunión de la SOPANOC, dentro de los Congresos Panamericanos de Oftalmología de cada dos (2) años.
Funciones del Presidente:
1- Respetará y hará respetar los estatutos de la SOPANOC.
2- Tendrá poder general para actos de administración.
3- Será responsable de la planeación, junto con el consejo directivo y el coordinador local, de la organización de los eventos científicos, académicos y administrativos durante su gestión, incluyendo el evento bianual junto con la APAO.
4- Fungirá como Presidente de la Asamblea en las juntas de negocios y administrativas.
5- Formará parte activa de la mesa directiva y participará con voz y voto en sus sesiones. Tendrá voto de calidad en caso de empate.
6- Convocará a sesiones extraordinarias del consejo directivo yo de la Asamblea General cuando el asunto a tratar así lo amerite.
7- Será el representante de la Asociación Panamericana de Oculoplástica (SOPANOC) ante la APAO.
8- Podrá solicitar donaciones a las Campañias allegadas a la práctica oftalmológica para la realización de sus propósitos, sin estar capacitado para negociar contratos de exclusividad por parte de la Asociación Panamericana de Cirugía Oculoplástica (SOPANOC).
9- Evaluará los trabajos de ingreso de aspirantes a socios de la SOPANOC.
Funciones del Vice-presidente:
1- Sustituirá al presidente en todas sus funciones cuando éste no pueda estar presente.
2- Formará parte activa de la mesa directiva y participará con voz y voto en sus sesiones.
Funciones del Secretario:
1- Llevará al día las actas de las reuniones de la mesa directiva y de la asamblea.
2- Recibirá y contestará la correspondencia de común acuerdo con la directiva.
3- Mantendrá actualizado los archivos de miembros.
4- Colaborará con el Presidente en la realización de sus funciones.
5- Llevará a cabo las convocatorias a las reuniones y asambleas.
6- Enviará comunicaciones a los miembros, cuando sea necesario, para mantenerlos informados de las actividades de la SOPANOC.
7- Recibirá y dará curso a las peticiones de ingreso de nuevos miembros.
Funciones del Tesorero:
1- Se encargará del cobro de las cuotas a los miembros y emitirá los recibos correspondientes.
2- Se hará cargo de los cobros de las cuotas en los diferentes cursos y eventos científicos y académicos organizados por la SOPANOC.
3- Será con encargado de mantener a la Asociación al corriente en asuntos fiscales, incluyendo los asuntos pertenecientes a su período de gestión, aún cuando éste ya haya concluido.
4- Será responsable de contratar un contador público para que vigile los asuntos fiscales y financieros de la Asociación, si esto fuera necesario, previa autorización de la mesa directiva.
Funciones del Secretario:
1- Llevar el Libro de Actas del Directorio,
el de Asamblea de Socios y el Libro de Registro de Socios.
2- Despachar las citaciones a Asambleas de socios ordinaria y extraordinaria.
3- Formar la tabla de sesiones del Directorio y de las Asambleas Generales, de acuerdo con el Presidente.
4- Redactar y despachar con su firma y la del Presidente la correspondencia y documentación de la Corporación, con excepción de aquella que corresponda exclusivamente al Presidente y recibir y despachar la correspondencia en general.
5- Firmar las actas en calidad de Ministro de Fe de la Institución.
6- Calificar los poderes antes de las elecciones.